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Documentos
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Hipólito Yrigoyen |
Reclamo de Hipólito Yrigoyen por las obstrucciones del Congreso
(1930)
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Buenos Aires, 17 de enero de 1930.
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Al Honorable Congreso
de la Nación:
IInformado el Poder Ejecutivo de que una vez más no ha
podido celebrar sesión Vuestra Honorabilidad haciendo sufrir un
nuevo retraso a los importantes asuntos de bien, público que
tiene a consideración desde largo tiempo atrás, se ve en el caso
de dirigirse nuevamente a ese Cuerpo para insistir sobre la
necesidad imperiosa de que preste la debida atención y convierta
en leyes los proyectos que ha recibido de la Honorable Cámara de
Diputados; la demora de cuyas sanciones está ocasionando graves
perjuicios a los más respetables intereses del país.
En mensajes anteriores, el Poder Ejecutivo ha expuesto a V.
Honorabilidad las razones que lo determinaban a urgir la
aprobación de cada una de las leyes que hoy reclama nuevamente;
por eso se siente impulsado a reiterar sus anteriores
exhortaciones, llamando a ese Cuerpo a las realidades de una
hora. que solicita la acción común de todos los poderes del
gobierno para superar con éxito las dificultades que plantean
las circunstancias y para propulsar el desenvolvimiento de las
energías que elaboran la prosperidad del país y el bienestar
general de sus habitantes.
En consecuencia, se dirige a Vuestra Honorabilidad en procura de
los elementos legislativos necesarios para poner en movimiento
las fuerzas vivas del país, para proteger su economía y para
contribuir de otros modos a su progreso. Ya con ese propósito el
Poder Ejecutivo prorrogó el período ordinario de sesiones del
Honorable Congreso, enunciándole aquellos asuntos que
consideraba de mayor apremio para el país, habiéndolo convocado
en la plena integridad de sus atribuciones para que en cualquier
momento pudiera ejercitarlas en beneficio de las superiores
conveniencias de la Nación.
Desde luego, el Poder Ejecutivo no requiere de Vuestra
Honorabilidad nada más que aquellas leyes que por haber sido ya
tratadas por la Honorable Cámara de Diputados, sólo dependen del
Honorable Senado y que por el carácter que resisten son
indispensables a la , economía nacional, al bienestar popular y
al trabajo de la hora presente, en sus múltiples
manifestaciones. Son las enumeradas en el mensaje de prórroga de
las sesiones del Honorable Congreso y se citan a continuación en
el orden cronológico de su envío a Vuestra Honorabilidad 1)
Legislación sobre régimen del petróleo; 2) Reformas a la ley de
arrendamientos agrícolas; 3) Creación del Banco Agrícola; 4)
Autorización al Banco Hipotecario Nacional para emitir cédulas;
5) Bonos de pavimentación para la Capital; 6) Convenio con
Inglaterra.
Cada una de estas leyes contempla un aspecto de la vida
nacional, resuelve algunos de sus problemas o satisfacer alguna
apremiante necesidad de su progreso.
El Poder Ejecutivo no cree necesario reiterar ante Vuestra
Honorabilidad su pensamiento en cuanto a la legislación sobre el
Petróleo. La sanción de las leyes sobre esta materia importa
incorporar un recurso verdaderamente poderoso, permitiendo
utilizar como propulsor de nuestra grandeza esa inmensa riqueza
con que la Divina Providencia ha dotado al territorio nacional
como un generoso don que puede compensarnos en la medida de lo
posible de la pérdida de otras riquezas naturales, como las
tierras públicas.
Bien sabe Vuestra Honorabilidad que la aplicación de un nuevo
régimen legal del petróleo está llamado a producir incalculables
beneficios de todo orden como tampoco puede ignorar que el
retardo indefinido de su sanción motiva pérdidas enormes,
traducidas en considerables sumas sustraídas consecutivamente a
la prosperidad nacional.
La situación que atraviesan las industrias del campo, azotadas
por una sequía que ha comprometido gravemente los esfuerzos de
un año de trabajo, disminuyendo considerablemente el volumen de
nuestra producción, revelan el vacío que hubiera podido llenar,
en gran parte, un crédito agrario bien organizado y distribuido
y acusar la necesidad de sancionar de inmediato las reformas a
la ley de arrendamientos agrícolas, para aliviar en alguna forma
la situación angustiosa de los agricultores obligados a renovar
contratos onerosos, o expuestos a ser expulsados de los predios
en donde los fenómenos adversos del clima han frustrado su
trabajo y aniquilado las esperanzas depositadas en el fruto de
su laboriosidad.
No puede desconocer Vuestra Honorabilidad que una vasta zona
productora de la República ha sido asolada por la sequía, al
punto de que no sólo se han perdido las sementeras, sino que han
perecido hasta los animales de labranza y domésticas, viviendo
actualmente sus habitantes de los socorros en víveres que les
suministra al gobierno para alejar el fantasma del hambre que se
cierne sobre esas desventuradas poblaciones. Es menester
rehabilitar económicamente a esos trabajadores, mediante el
crédito que les suministra recursos para reanudar sus labores y
subsistir hasta la terminación del próximo año agrícola ; como
es necesario, asimismo favorecer sus condiciones de trabajo,
estableciendo legislativamente las bases de los contratos de
arrendamientos para aligerar la economía campesina de la pesada
carga que implican los cánones actuales, establecidos sobre una
estimación exagerada del valor de los campos o sobre un cálculo
de productividad no justificado por la situación real del País.
El Banco Agrícola pudo estar ya en funciones para atender a lo
primero; la reforma a la ley de arrendamientos agrícolas puede
todavía, si Vuestra Honorabilidad se decide a sancionarla,
mejorar las perspectivas de la población rural abrumada por las
escaseces de todo orden y abocada, tal vez, a la necesidad de un
éxodo por no poder arrendar chacras ni campos en las condiciones
que han contribuido a conducirla hasta su fracaso actual.
Estrechamente vinculado con la situación agraria del país, está
el convenio de créditos recíprocos con Inglaterra, sancionado ya
por la Honorable Cámara de Diputados y que solamente espera ser
convertido en Ley por el Senado para producir los grandes bienes
que se tuvieron en cuenta al firmarlo, ad-referéndum por el
Poder Ejecutivo.
Ese convenio, concebido y armonizado con prescindencia absoluta
de mezquinos resguardos, aparte de sus elevadas finalidades de
otro orden, que no escapará al criterio de Vuestra Honorabilidad
dará por resultado inmediato una demanda en plaza por fuertes
valores, en los momentos mismos en que se negocia nuestra
cosecha, habiendo influido ya, como es fácil comprobarlo, en el
alza de las cotizaciones de los cereales, con los consiguientes
beneficios para el productor.
Hay, entonces, razones económicas, políticas y hasta de cortesía
internacional, que aconsejan la pronta sanción del convenio
recíproco con Gran Bretaña, que desde hace varias semanas se
encuentra a consideración del Senado.
Por lo que hace a la ley que autoriza al Banco Hipotecario
Nacional para emitir hasta 500 millones de pesos en cédulas, su
importancia y su necesidad son tan evidentes que resulta
superfluo toda demostración ante un Cuerpo que debe conocer a
fondo la vigorosa función que el crédito inmobiliario desempeña
en el desenvolvimiento económico del país. En cualquier
circunstancia hubiese sido pernicioso enervar el enérgico apoyo
que el crédito hipotecario oficial presta a la economía
argentina; en las actuales, caracterizadas por fenómenos
anormales de distinta naturaleza, resulta verdaderamente
temerario imponer sin causa la parálisis de las fecundas
actividades que competen al Banco Hipotecario Nacional.
Me referiré finalmente a la ley de bonos de pavimentación para
la Capital Federal, recordando a Vuestra Honorabilidad, que ella
responde a exigencias inaplazables de urbanización del municipio
proveyendo al gobierno comunal de los recursos necesarios para
mejorar las condiciones edilicias de los grandes barrios
excéntricos habitados por las clases trabajadoras de la capital.
En posesión de los medios financieros que le dará dicha ley la
municipalidad se pondría en condiciones de impulsar el progreso
de la ciudad, actualmente estancado en forma que no condice con
lo que debe ser la Capital de la República.
Por otra parte, esa ley esperada y reclamada puede ser ejecutada
de inmediato, pues delegaciones concurrentes de los distintos
barrios y recursos de todo orden están listos para realizar los
trabajos, disponiendo de elementos que actualmente se desgastan
y consumen a sí mismo por falta de aplicación.
No juzga necesario el Poder Ejecutivo extenderse en mayores
consideraciones para justificar el imperioso deber de interés
público que motiva este mensaje. Vuestra Honorabilidad como el
país entero, conocen todas las medidas y actitudes asumidas por
el Poder Ejecutivo en protección de los intereses nacionales, en
defensa de la prosperidad del país y para asegurar su bienestar,
amparándolo contra todas las contingencias que hayan podido
sobrevenir. Si Vuestra Honorabilidad no considera eficientes y
benéficas esas medidas y esas actitudes, sírvase sancionar otras
que a su juicio sean más conducentes; pero no deje al país sin
los resguardos y garantías de una legislación apropiada.
De modo que de tal designio de V. Honorabilidad respecto a las
sanciones que tiene a su despacho, dependen los beneficios
reparadores que se podrán alcanzar con esas leyes o el
malogramiento de todos los esfuerzos hechos por el Gobierno y el
país en las circunstancias presentes. |
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Hipólito Yrigoyen |
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